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Cobranza judicial y extra judicial

La recuperación de cartera puede ser un proceso largo y muchas veces tedioso, pero no imposible. En este artículo te explicamos las vías que podrías tomar para recuperar la cartera vencida de tu empresa de forma eficaz y objetiva para evitar que las cuentas por cobrar sigan aumentando. Sin embargo, cada caso deberá tener una estrategia especializada de acuerdo a la situación y tipo de deudor. 

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Recuperación de Cartera

Se conoce a la recuperación de cartera como la actividad de cobro, que se realiza después de que un acuerdo de pago, ya sea escrito o verbal, ante la entrega de servicio o producto, no fue cumplido por parte del contratante. Es una vía que se debe tomar para evitar la mora o, peor,  el riesgo de que no reciba el pago de su servicio . Si ya ha agotado todas las vías para cobrar su dinero, debe acudir a las instancias legales para exigir su cumplimento. 

DOCUMENTACIÓN:

En primer lugar, es importante que se tengan toda la documentación preparada, donde se demuestre la entrega del servicio y los valores adeudados esto puede ser facturas, letras de pago, pagaré a la orden, entre otros.

 

ANALISIS Y ASESORÍA:

 

Con la documentación y pruebas, de que se ha tratado de llegar al deudor, es importante y clave realizar un análisis del deudor. Para esto es esencial que te asesores legalmente para analizar las vías más realistas para lograr este cobro, dependiendo la situación del deudor. 

En Eureka Abogados somos expertos en cobranza judicial y extrajudicial y te ayudaremos a buscar las mejores estrategias para recuperar tu dinero.  A continuación te explicamos las opciones que debes tomar para recuperar tu dinero. 

1. COBRANZA EXTRAJUDICIAL

 

La cobranza extrajudicial, es el primer acercamiento que se toma con el deudor, a través de llamadas, cartas persuasivas, incluso audiencias de mediación; para evitar ir a juicio y que el deudor prefiera llegar a un acuerdo. 

 

Nuestro equipo de profesionales se encargarán de realizar todas las gestiones prejudiciales necesarias para intentar cobrar los valores adeudados, recomendando al cliente las mejores estrategias para negociar con su deudor y lograr un acuerdo por escrito donde consten las garantías de pago, a través de un centro de mediación o en notaría. 

2. COBRANZA JUDICIAL

En el caso que, agotadas todas las gestiones prejudiciales y el deudor no muestra intención de llegar a un acuerdo de pago, se debe tomar acciones legales y demandar al deudor con el fin de que un juez dicte un mandamiento de pago por la cantidad adeudada e intereses en el caso que aplique.  Las dos formas más comunes en las que se ejecuta el cobro de la deuda son el procedimiento monitorio o ejecutivo. 
 

PROCEDIMIENTO MONITORIO

Es un mecanismo judicial de cobro ágil y sencillo de deudas cotidianas y no cuantiosas, tales como facturas, alícuotas de edificios o condominios, etc. Se caracteriza por ser una vía rápida y efectiva para la reclamación de deudas que están respaldadas en documentos que no son títulos ejecutivos y no sobrepasan los 50 SBU (Salario básico unificado) .

PROCEDIMIENTO EJECUTIVO

Este mecanismo es igual de ágil, pero a diferencia del monitorio se basa únicamente en títulos ejecutivos tales como pagaré a la orden, letra de cambio, entre otros. En dicho proceso, el acreedor únicamente requiere demostrar que la deuda sigue vigente y es válida, y si es el caso, el demandado podrá plantear ciertas excepciones que están tasadas en el Código Orgánico General de Procesos.

 

Cabe mencionar que existen muchas más formas de cobro que las antes mencionadas y dependerán del tipo de caso, pruebas y situación del deudor. En Eureka Abogados, podrá encontrar asesoría especializada en todo momento.  Si quieres conocer de que forma puedes realizar el cobro de tus deudas no dudes en contactarnos: 

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